DEMOCRACIA Y DERECHOS HUMANOS: La libertad de expresión es un derecho de todos, no es de un grupo. La ley consagra además derechos individuales como la privacidad y a la propia imagen. Se garantiza el derecho social a la comunicación. Las instituciones de la democracia (oposición parlamentaria, Comisión Bicameral, y las provincias en el Consejo Federal) por primera vez integran la Autoridad de aplicación.
PLURALISMO: Establece principios de pluralidad en el acceso a los servicios audiovisuales a través de prestadores de carácter privado comercial, social sin fines de lucro y público previendo un acceso equitativo a todas las plataformas disponibles. Se reconoce el derecho a la comunicación de los pueblos originarios.
ACCESO A NUEVAS TECNOLOGIAS: Promueve la construcción de una sociedad del conocimiento y la información mediante el acceso e inclusión en las nuevas tecnologías para la producción de bienes y servicios culturales.
La digitalización del sector audiovisual favorecerá el ingreso de nuevos operadores, en tanto que el triple play deberá ofrecer mejores posibilidades de acceso a los usuarios. Los prestadores de servicios públicos deberán garantizar, en forma previa, el acceso de la competencia a su propia red.
FEDERALISMO Y AMPLITUD: Se reemplaza el directorio militar que aún establece la ley 22.285 por un organismo colegiado con participación del Ejecutivo y de la oposición parlamentaria, así como un Consejo Federal que integrará a todas las provincias y a todos los actores (públicos, privados, sociales, universitarios y de pueblos originarios) en la futura autoridad de aplicación. El Parlamento tendrá funciones de seguimiento y evaluación a través de una Comisión Bicameral.
PARTICIPACION CIUDADANA: Se crea la Defensoría del Público, cuyo titular estará facultado para verificar el cumplimiento de la ley en nombre de los ciudadanos/as de todas las provincias.
Las licencias durarán 10 años y su renovación requerirá la participación de los vecinos/as en las Audiencias Públicas que deberán opinar sobre el funcionamiento de los respectivos servicios.
PROMOCION DEL EMPLEO Y CONTENIDOS NACIONALES: Los servicios audiovisuales estarán en manos argentinas (70 % de capital nacional) y deberán observar cuotas de producción de contenidos nacionales, así como porcentajes de producción propia, local e independiente que aseguren puestos de trabajo para artistas, periodistas, locutores, operadores y realizadores culturales en todas las regiones. Se establece una cuota de pantalla para el cine nacional y las artes audiovisuales.
DIVERSIDAD Y PLURALISMO: Se promueve la pluralidad de voces y la diversidad, limitando la alta concentración mediática y las prácticas anticompetitivas.
Para ello se establecen topes a la cantidad de licencias (10 a nivel nacional y 3 en lo local) en manos de un mismo propietario y cuotas máximas de penetración de mercado (35%) en los servicios televisivos.
Se fomentan además las condiciones de competencia en la producción y distribución de contenidos mediante la regulación de la propiedad cruzada de soportes audiovisuales (TV abierta/TV por cable o Plataforma de distribución/Señales de contenidos), tal como ocurre en los países más desarrollados.
LIBERTAD Y RESPONSABILIDAD: Todos tienen libertad para opinar. La ley propone un Consejo Asesor del Audiovisual y la Infancia que promueva contenidos para mejorar la calidad de los contenidos dirigidos a los niños.
También estimula la producción de contenidos educativos y culturales, así como el respeto a la igualdad de género y la inclusión de sectores con discapacidad.
4 comentarios:
Una ley de todos, una ley para todos!
Vayamos por más!!!!!!
Pensar que algunos defendían (y defienden) la de la dictadura...
Cuántos genuflexos. Pero bueno, acá está la de la democracia, afortunadamente.
Vamos Cris!ª
Somos muchos los que te bancamos en las malas y ahora tambien en las buenas!
Fuerza piba!
Aguante Cristina carajoo!!!
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